Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda declarar sin lugar lo solicitado por el ciudadano Abog. Wilfredo Morillo Nader, en su condición de Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Falcón y remitir estas actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Falcón, de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Abog. Lisdith Ferrer Ballesteros, Defensora Pública Octava del Estado Falcón, al imputado y a la víctima. Particípese esta remisión al Archivo Judicial del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente..
El Juez Segundo de Control
Abog. Samuel Saher Martinez
El Secretario de Sala
Abog. Carisbel Barrientos
En esta fecha se libraron las boletas de notificación acordadas y se libraron oficio.....