En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de aclaratoria de la sentencia de fecha 09 de junio de 2010, emanada de este juzgado, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentó el ciudadano JHEAN CARLOS LÓPEZ, contra JOAO JOSÉ RODRÍGUEZ LÓPEZ, en su condición de Propietario de la Embarcación "AUYANTEPUY".
Procede este juzgado a hacer aclaratoria en los siguientes términos:
En caso de que el demandado no cumpliere voluntariamente con la sentencia, procederá el pago de intereses de mora sobre las cantidades condenadas, las cuales serán calculadas a la tasa de mercado vigente, establecida por el Banco Central de Venezuela para los intereses sobre prestaciones sociales y correrán desde la fecha en que se ordene su ejecución, hasta la materialización de ésta, entendiéndose por esto último, la oportunidad del pago efectivo.