Este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al Joven Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA por estar incurso en la comisión de los delitos Homicidio Intencional Previsto en el articulo 405 del Código Penal, en perjuicio del Hoy Occiso Ali Rafael Guanipa, y el delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del estado Venezolano a cumplir con la sanción Privativa de Libertad por el lapso de Dos Años (24 meses)
Ahora bien por cuanto el adolescente debe conocer el Cómputo definitivo de la sanción a cumplir de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente Se procedió a imponer de la sanción al Precitado adolescente en relación a la sanción de Privativa de Libert.....