Por todos los argumentos de hecho y de derecho, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la acción de cobro de prestaciones sociales intentada por GREGORIO RAFAEL SECO CASTILLO contra la EMPRESA MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCION DE OBRAS C.A. ( MANCOBRAS) en consecuencia queda la referida empresa en la persona de su representante legal Ciudadano RAFAEL SEGUNDO GUTIERREZ condenada a cancelarle al Ciudadano GREGORIO RAFAEL SECO CASTILLO la cantidad de un millón setecientos cuarenta y nueve mil ciento ochenta bolívares treinta céntimos ( Bs.1.749.180,30) por los conceptos discriminados en el escrito libelar y ASI SE DECIDE.-
Con respecto a la indexación planteada, esta juzgadora orientando por las pautas jurisprudenciales dictada por la extinta Corte Suprema de Justicia, y ratificada por el Tribunal Supremo de Justicia, se ordena la corrección .....