Este Tribunal Segundo de Ejecución de penas y medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA REDIMIDA LA PENA POR EL TRABAJO Y ESTUDIO al PENADO ALBERTO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, quien es Venezolano, de 36 años de edad, de estado civil Soltero, titular de la Cédula de identidad N° 9.520.204, residenciado en el sector El Doral, calle principal, casa sin número, Municipio Guzmán Guillermo, Estado Falcón, actualmente recluido en el internado Judicial del Estado Falcón, en UN AÑO (01), CINCO (05) MESES, CINCO (05) DIAS y DOCE (12) HORAS. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 2 del Código Penal y 553 del Código orgánico procesal Penal, concatenados con el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 3, 13 y 14 de la Ley de Redenc.....