esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por la abogada LUISARISNEL VILLALOBOS LOYO, Defensora Publica Auxiliar Quinta Penal Ordinario, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Publica del Estado Falcón, actuando como Defensora Publica del ciudadano, JHONNY JOSÉ PIÑA BARRIOS, contra presunta omisión de pronunciamiento del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto penal Nº IP01-P-2009-000820, que se sigue contra su defendido antes citado, conforme a lo establecido en el artículo 6.1° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Notifíquese a la parte accionante. Líbrense boletas de notificación.