En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, decreta: PRIMERO: OTORGA EL BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO al penado GUILLERMO ALBERTO VELAZCO, portador de la cédula de identidad personal número V. 15.917.497; quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos Ernts Iseli, Ursula Suter, Krismary Marín y Jonathan Jordán;. Por el lapso de OCHO (08) MESES, DIESCISIETE (17) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, ello de conformidad con los artículos 479, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 2, 3, 5, 6 y 14 de la Ley de Redención Judicial por el Trabajo y el Estudio. SEGUNDO: Declara ACTUALIZADO Y CORRE.....