esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN CON EFECTOS SUSPENSIVOS ejercido por la Vigésima Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, ABG. FELIX SALAS, contra la decisión que pronunciara el Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal; Extensión Punto Fijo, ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS, en fecha 04 de Abril de 2017, relacionado con el Efecto Suspensivo contenido en el artículo 430, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, contra el mencionado fallo publicado en fecha 09 de Abril del presente año en curso, que otorgo MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, consistente en ARRESTO DOMICILIARIO conforme a lo previsto en el artículo 242 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ANGELO ADELIS VILLASMIL PAZ. En .....