Por lo que en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón extensión Punto Fijo DECRETA al ciudadano ALEXANDER MIRANDA ACOSTA; de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 19-04-80, de 29 años de edad, cédula de identidad No. 9.158.023, estado civil casado, grado de instrucción 8º grado, domiciliado en el sector Los Rosales, calle 8 casa s/n, diagonal a mano derecha de la escuela Bolivariana de Los Rosales, de Punta Cardón Punto Fijo, Estado Falcón, la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el Artículo 259 de La ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente. Se decreta la aprehensión flagrante así mismo se acuerda la prosecución del .....