éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano: JOSE GREGORIO VENTURA NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V- 15.592.113, mecánico, de estado civil Soltero,, Hijo de José Gregorio Ventura y Maria del Carmen Niño, residenciado en el Sector Blanquita de Pérez, calle Pinto Salina, Nº 37 Punto Fijo estado Falcón, por la presunta comisión del delito de: Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Julio Cesar Cruz Araujo; IMPONIÉNDOLE la medida cautelar prevista en el ordinal 3º y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la obligación de presentarse cada ocho (08) días por an.....