En consecuencia, con basamento en los articulo 89 y 90 ordinal 7°, ambos del Código orgánico Procesal Penal, ME INHIBO de conocer la presente causa en razón de los motivos antes especificados. Compúlsese copia certificada del presente auto y remítanse a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, para su conocimiento y demás fines consiguientes.
Solicito muy respetuosamente a la Corte de Apelaciones admita la presente incidencia Inhibitoria y la declare con lugar en su definitiva.
Se ordena aperturar el respectivo cuaderno separado en ocasión a la presente incidencia inhibitoria y remitirlo con el debido oficio a la Corte de Apelaciones para su conocimiento y decisión. Igualmente se ordena remitir el asunto principal a la unidad de Recepción de Documento del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, a los fines de su redistribución en otros tribunales del Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo.
El Juez Segundo de Co.....