Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano: JOSE GAUDIOSO PEÑA, venezolano, natural Mirimire, Estado Falcón, de 39 años de edad, soltero, de oficio Albañil, nacido el día 29-05-1965, hijo de María Peña (v) y Gaudioso Mucet (v) residenciado en el Sector Alí primera, calle José Laurencio Silva, casa S/N, Tucacas Estado Falcón, Titular de la cédula de identidad N° 11.095.390, a quien de le imputa la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión al Fiscal Quinto del Ministerio Público y líbrese la respectiva Orden de Aprehensión dirigida a todos los Cuerpos Policiales del Est.....