Por las consideraciones anteriores este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley Decreta MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 256, del Código Organico Procesal Penal ordinal 3° al ciudadano YOHAN ALFREDO HERNANDEZ COVIS, titular de la cédula de identidad Nº 15.095.807 domiciliado en Caserío la Aguada, via Principal,carretera Morón Coro, Casa sin numeración - Municipio Colina, Estado. Falcón, venezolano mayor de edad, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO Y CAMBIO ILICITO DE PLACAS delitos previstos y sancionados en los artículos 8 y 9 de La Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehiculos Automotores, consistente en presentación cada veinte días contados a a partir del 13-10-2004, por ante la Fiscalia Primera del Ministerio Público del Estado Falcón. Notif.....