Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de conforme a lo previsto en la sentencia de fecha 09/12/2016, Nº 1070, presentada por el (la) ciudadano (a): : KEYLA JOSEFINA ROJAS YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.790.760, domiciliada en la Calle Esther de Añez entre Calle San Bosco y Agustín García, Sector San Bosco, Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda del estado Falcón, asistida por el abogado en ejercicio PLINIO.....