Por todo lo anteriormente expuesto es que éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con Sede en ésta ciudad de Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en el presente asunto seguido por ante éste Tribunal, signada con el número IP11-S-2004-002048, a favor de JOSE GREGORIO CHIRINOS, todo ello en atención a lo pautado en el númeral Tercero del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en plena y franca relación con el numeral Octavo del Artículo 48 Ejusdem, referente a la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL en el presente Proceso, tal cual fue solicitado por la Representación Fiscal Cuarta (E) de Transición del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y Así se Decide. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes del Presente Pronunciamiento. Dada, Firmada y Sellada en ésta ciudad de Punto Fijo del Estado Falcón, el día .....