Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone IDENTIDAD OMITIDA por estar incursa en la comisión del delito de USO DE DOCUMENTOS FALSOS, tipificado en el articulo 45 de la Ley de Identificación; en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO a quien se le impuso del cumplimiento de la Sanción de Un Año de Reglas de Conducta Consistente estas en Primero: . Consignar cada tres (3) meses el certificado de notas Segundo: No volver a cometer ningún hecho de falsa testación Tercero: No visitar ningún centro de reclusión para adulto mientras sea menor de edad. Cuarto: Realizarse informe social con la licencia Zully Fernández, Cuyo cómputo definitivo para su cumplimiento comienza a computarse desde el dia a partir del dia 28 de Octubre del 2013 y culmina el dia 28 de Octubre de 2014, .....