III
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN TUCACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara conforme a lo previsto en el artículo 267 DEL Código de Procedimiento Civil, PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido más de un año sin impulso procesal e inactividad, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por el abogado JUAN JOSE CASTILLO RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.449.660, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 114.811, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos: YEYRY ESPERANZA MORA GONZALEZ, ENDER YOVANY MORA GONZALEZ, ROBERT ALEXANDER MORA GONZALEZ y BLANCA ESPERANZA GONZALEZ DE MORA venezolanos, mayores de edad, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira, titulares de la cédulas de identidad números V-.....