En virtud de lo expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la autoridad de la ley, DECLARA: Improcedente la suspensión de los efectos del acto administrativo solicitada por la abogada en ejercicio DOLLYS FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 117.460, en su carácter de apoderada judicial de la "FUNDACIÓN BANDA DEL ESTADO "MARISCAL JUAN CRISOSTOMO FALCÓN", contra la Providencia Administrativa No. 126-2011, de fecha 29 de septiembre de 2011, contenida en el expediente distinguido 020-2011-01-00070, dictada por la Inspectoria del Trabajo, con sede en esta ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, Abg. DEILIN MATA; mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por el ciudadano JHOAN FELIPE RIVERO HERNANDEZ, v.....