En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano ENDER GREGORIO PINEDA PARRA, asistido por los abogados Aníbal Ramón Cumare Rodríguez y Marbely Rossi Giannastacio, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 55.850 y 19.320 respectivamente, mediante diligencia de fecha 13 de julio de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 7 de julio de 2016, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, sede en Tucacas, con motivo de la acción INTERDICTAL DE AMPARO interpuesta por el ciudadano ENDER GREGORIO PINEDA PARRA contra las ciudadanas DAISY JOSEFINA PINEDA INCIARTE, NEREIDA DE JESÚS.....