Por cuanto están llenos los extremos legales, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos, formulada por los ciudadanos CASTOR ENRIQUE COLMAN MOLINA y WILLMARY DEL CARMEN JIMENEZ SOTO, ya identificados, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el día trece (13) de Enero de 2005, fecha en que contrajeron matrimonio por ante la Primera autoridad Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo, quedando anotada bajo el No. 06, Tomo I, Año 2005.
El Tribunal no hace pronunciamiento sobre hijos por no constar en autos su existencia.
Disuélvase la comunidad de gananciales de acuerdo a la Ley.