En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE QUINTO DE CONTROL DEL ESTADO FALCÓN, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD PRESENTADA POR el Fiscal Segundo del Ministerio Público Abg. Neucrates Labarca y DECRETA LA APREHENSIÓN JUDICIAL DEL CIUDADANO JOSE ANGEL MOLINA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 23.680.745, nacido en fecha 11-11-1994, de 19 años de edad, por encontrarse incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR ALEVOSIA, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 406 NUMERAL 1 DEL CODIGO PENAL, en perjuicio de Yeison Javier Rosendo, SEGUNDO: Líbrese la APREHENSIÓN JUDICIAL a todos los órganos de seguridad del Estado Venezolano, a los fines de hacer efectiva dicha determinación judicial. TERCERO: Una vez aprehendido sea colocado a disposición de este despacho judicial. Líbrese lo conducente. Y ASÍ DECIDE.-
Regístrese, déje.....