Por las argumentaciones antes dichas, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en esta Ciudad de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la solicitud realizada por el Ciudadano Warner José Hernández Ollarves, titular de la cedula de identidad Nro 19.006.237, y en consecuencia NIEGA LA AUTORIZACION DEL TRASLADO del referido Penado, desde el Centro Penitenciario de Yaracuy, Estado San Felipe hasta el Internado Judicial de esta Ciudad de Coro.