Por estas razones este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara sin lugar la solicitud de nulidad absoluta presentada por la defensa del Ciudadano: Nelson Enrique Barrios Aranguren y la solicitud de libertad o imposición de medidas cautelares a favor de su defendido y ordena la acumulación de las actuaciones complementarias al asunto principal con fundamento en el articulo 66 del Código Orgánico Procesal Penal.Notifiquese a las partes.
La Juez Primero de Control
Abog. Gloria Vargas Vargas
La Secretaria
Abg: Lidda Benitez