En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le da el carácter de cosa juzgada al DECRETO INTIMATORIO, quedando DEFINITIVAMENTE FIRME el mismo.
En consecuencia, CONDENA a la parte demandada, Ciudadana: YAPZELIS NOIRALIH RODRIGUEZ DORANTE, anteriormente identificada en autos, a cancelar la cantidad de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. 25.297,30), y equivalentes en unidades tributarias es de (459,95).-
PUBLÍQUESE. REGISTRESE. Déjese copia
Certificada. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En Coro, a los quince (15) días del mes de Marzo del año dos mil diez (2.010). Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.....