esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto con base en lo establecido en el numeral 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 448 eiusdem, por la Abogado DENA JIMENEZ, en su condición de Defensora Publica Quinta Pena de esta Circunscripción Judicial del ciudadano ANTONIO MIGUEL ROJAS, (anteriormente identificado), recluido actualmente en el Internado Judicial de Coro, estado Falcón, contra auto publicado por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Punto Fijo, el día 12 de enero de 2012, en el asunto IP11-P-2007-001834, resolución esta que negó el decaimiento de Medida incoado por esa defensa.