Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de contencioso administrativo de nulidad, suscrito por el abogado PEDRO LUIS NAVEDA SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 25.879, en su condición de apoderado judicial de TIENDAS DON REGALON C.A, contra INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE PUNTO FIJO ESTADO FALCÓN.
Publíquese, diaricese, regístrese y notifíquese a las Partes.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en la ciudad de Santa Ana de Coro, a los quince (15) días del mes de marzo de 2018. Años: 207° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZA SUPLENTE .....