Por todas las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: Primero: Se admite la totalidad de las pruebas presentadas, en virtud de que las mismas guardan relación con el objeto de la investigación, asimismo se admite la Acusación presentada por el Ministerio Publico; continuamente se procedió a preguntar al imputado acerca de los Medios Alternos de Prosecución del Proceso así como del procedimiento por admisión de los hechos, preguntando al imputado si se acoge a dicho procedimientos respondiendo el imputado a viva voz, "NO deseo", Segundo: . Se Decreta Apertura a Juicio oral y Público en el presente asunto seguido contra el imputado OSWARD NEHOMAR LOAIZA por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el articulo 42 de la ley especial de violencia contra la mu.....