Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero Mixto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley por decisión UNANIME DECRETA: PRIMERO: CONDENA al ciudadano GREGORIO ANTONIO RODRIGUEZ DURAN, C.I. 03.359.805, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se condena de conformidad con lo establecido en dicha normativa legal en relación al artículos 37 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 74 ordinal 4° ejusdem y artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano supra citado, a cumplir la pena de Seis (06) años de prisión. SEGUNDO:.....