PRIMERO: Se ADMITEN las pruebas presentadas y promovidas por la parte actora abogado IVAN COROMOTO MONTAÑEZ ROJAS, actuando en nombre y representación del Ciudadano LUIS ALEJANDRO ROJAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.292.494; SEGUNDO: Se ADMITEN la pruebas promovidas por el ABOG. ANTONIOJ. ORTIZ NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo los No. 67.754, actuando en nombre y representación de la empresa: CONSTRUCTORA ANACO, y SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO, (SEGEMA C.A). Y así se determina.