Este Juzgado segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE DECLARAR: PRIMERO Con lugar la solicitud del Ministerio Publico en contra del adolescente JUNIOR MANUEL CARVALHO GARCIA, venezolano, portador de la cédula de identidad personal Nº 24.466.811, y se le impone DETENCIÓN PREVENTIVA establecida en el articulo 559, de de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, niñas y Adolescente, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el artículo 406 ordinal 3 literal a), del código penal venezolano vigente, y sancionado en el articulo 628, parágrafo segundo literal a, de la ley orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes, en perjuicio de su madre la ciudadana: MERCEDES MIRIAM GARCÍA VELASQUEZ. SEGUND.....