Por las razones expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos FELIX SIMON CORDONES y PAULA DEL CARMEN ALVAREZ COLMENARES, Venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros 7.357.279 y 7.419.766, respectivamente, debidamente asistidos de la abogada MONICA MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.919, y consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos en fecha 16 de Febrero del 2002, por ante la Alcaldía del Municipio Unión del Estado Falcón