DISPOSITIVO
En mérito de las razones de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la acción que por Cobro de Derechos Derivados de la Ley Orgánica del Trabajo incoara el ciudadano ROLANDO JOSE GUANIPA, en contra de la Empresa AVENCATUN S.A, ya identificadas.
SEGUNDO: No se condena en costas al demandante, de conformidad a lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal Laboral.
Déjese copia certificada por secretaria de la presente sentencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el Artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 4 del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo régimen, como del régimen.....