por lo cual este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolivar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado FALCÒN. administrando justicia y por autoridad de la ley declara la PERENCION DE LA INSTANCIA , todo de conformidad con los Artículos 267 y 269 del Còdigo de Procedimiento Civil , en concordancia con el Articulo 547 ejusdem. Así se decide.
Este Tribunal observa no constando en actas que al envió de las resultas de la comisión por parte del Juzgado Ejecutor de los Municipios Federación, Unión, Bolivar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado al tribunal de la causa la Notificaciòn al Depositario Provisional para la liberación de los bienes embargados ejecutivamente este Tribunal ordena la Notificaciòn de Depositario Provisional recaído en el Ciudadano JUAN CARLOS SÁNCHEZ C.I.Nº 6.982.240 en la siguiente dirección Calle Bolivar entre Páez y Esser de la Población de Churuguara a los efectos de Notificarle que los bienes muebles propiedad del demandado en el p.....