Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: ADMITE la Acusación presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Püblico del Estado Falcón, en contra del Ciudadano: Edgar Bautista Herrera por la presunta comisión del delito de Homicidio intencional previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal, en en virtud de que la misma reúne los requisitos del artículo 326 del COPP, en concordancia con el ordinal 2° del artículo 330 ejusdem.
SEGUNDO: Se admiten todas las pruebas ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público y la Comunidad de la Prueba ofrecida por la defensa.
TERCERO: En virtud de que el imputado ha admitido los hechos que le imputa la Representación Fiscal con el cambio de calificación juridica impuesta por el Tribunal de Homicidio Intencional previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal con.....