Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO, interpuesto por la Abogada MARGARITA ASSENZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 126.821, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada Empresa PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A. (anteriormente denominada Sociedad Productora de Refrescos y Sabores SORPRESA, C.A.), en contra de la decisión de fecha 28 de Septiembre de 2009, emanada del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante el cual declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se Revoca en todas y cada una de sus partes la decisión de f.....