En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Sixto José Hernandez Rosales, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ELENA MARGARITA POLANCO PIRELA, mediante diligencia de fecha 7 de mayo de 2015.
SEGUNDO: Se MODIFICA la sentencia de fecha 15 de abril de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo
TERCERO: INADMISIBLE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA VEINTENAL O USUCAPIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD incoado por la ciudadana ELENA MARGARITA POLANCO PIRELA, contra el ciudadano LEOPOLDO GARCÍA ITURBE.
TERCERO: No hay condenatoria en cost.....