Por lo antes expuesto resulta forzoso para este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Punto Fijo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo establecido en su Parágrafo Primero, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y POR TERMINADO EL PROCESO incoado por el ciudadano CESAR ANTONIO POLANCO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.585.984 contra la entidad de trabajo ASOCIACIÓN COOPERATIVA HB FA1 R.L. por motivo de PAGO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. Así se decide.
TERCERO: Se otorga el lapso de cinco (5) días .....