este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: Al ciudadano JOSMAN MARTÍN QUERALES SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.941.510, residenciado en la Población de Yaracal en calle la alcaldia S/N; la Medida Cautelares Sustitutivas de Libertad, previstas en los ordinales 3° y 4° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación cada Quince (15) días por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Falcón, a partir de esta fecha y la prohibición de salida del territorio de la República Bolivariana de Venezuela. Así se decide. En consecuencia se acuerda el traslado del Tribunal a la sede del Internado Judicial a los fines de imponer al imputado del cambio de la medida cautelar del referido imputado de la decisión dictada por este Tribunal. librese las correspondie.....