En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, declara que NO HA LUGAR PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL respecto a la solicitud planteada por la abogada FLORANGEL FIGUEROA, en su carácter de defensa judicial del ciudadano BILLY CORNELIO COLINA SANABRIA, ampliamente identificado en autos, por cuanto la solicitud planteada es una réplica del escrito presentado en fecha 28 de junio de 2006, y que fue resuelto en tiempo hábil y oportuno por esta instancia judicial en decisión de fecha 4 de julio de 2006, conforme a los artículos 173, 177 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diaricese, déjese copia de la presente decisión y anéxese a la causa penal.
EL JUEZ,
JUAN CARLOS PALENCIA GUEVARA.
LA SECRETARIA,
MAYSBEL MARTINEZ
En esta misma fecha como está ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en el párrafo que an.....