Este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, impone al imputado RUBEN ANTONIO MEDINA PIRONA, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previstos y sancionados en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, por cuanto se encuentran llenos los extremos del artículo 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el articulo 242 ordinales 3° del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal COPP, consistente en la presentación cada 15 días. SEGUNDO: Se decreta la aprehensión en flagrancia y se acuerda que se continúe por el procedimiento ordinario. Se informa a las partes que,.....