declara PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer y decidir, en primer grado, de la referida demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales propuesta por el abogado RUBEN JESUS VILLAVICENCIO NAVARRO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 14.618, actuando en representación y en ejercicio de sus derechos como abogado y con ocasión a la actividad profesional ejecutada como representante de la sociedad mercantil HAFRAN SERVICIOS MULTIPLES, C.A.; SEGUNDO: DECLINA la competencia a un Tribunal de Primera Instancia en la Civil, Mercantil y Agrario, del estado Falcón, sede Punto Fijo, que le corresponda por distribución, al cual se considera competente por razón de la materia, cuantía y territorio, para conocer, en primer grado, de dicha demanda. TERCERO: una vez que quede firme la presente sentencia, el cuaderno al Tribunal de Primera Instancia en la Civil, Mercantil y Agrario, del estado Falcón, sede Punto Fijo, a fin de su distribución. Así se decide.