PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano JOSÉ LEONARDO MORILLO DÍAZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No. V-20.296.268, en contra de la Sociedad Mercantil VIGILANCIA PRIVADA VIGIMED COMPAÑÍA ANÓNIMA, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 26 de marzo de 2012, bajo el No. 31, Tomo 8-A, por motivo de Cobro de Diferencia Salarial y Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, una vez que transcurra el lapso legal sin que las partes ejerzan recurso alguno contra la presente decisión.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza de lo aquí decidido.