En consecuencia, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley DECRETA: Medida cautelar sustitutiva de Libertad al ciudadano TEODULO RAMON HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.971.849, soltero, de 33 años de edad, nacido en fecha 11-02-71, domiciliado en Urbanización las Margaritas, sector 02, calle 14, vereda 12, casa N° 21 de Punto Fijo, Profesión u oficio: Samblasista, 3° año de instrucción, hijo de Teodulo Ramón Herrera y Angélica Ramírez (difunta), contenida en el artículo 256 en sus ordinales 3° y 5° del COPP, consistentes en la presentación por ante el Tribunal cada 8 días y prohibición de concurrir a las Tiendas Traki de Punto Fijo. Victima en el presente asunto, Por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto en el artículo 454 ORDINAL 8° del Código Penal. Se de.....