En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se admite la Acusación presentada por el Fiscal, en contra de los ciudadanos RICHARD JOSE LOPEZ MOLINA, venezolano, titular de la cedula de identidad 15.916.393, domiciliado en la calle ampies entre tenis y progreso, sector monte verde casa numero 19 y EDUARDO JOSE RIERA, venezolano, titular de la cedula de identidad numero 19.252.790, domiciliado en la calle progreso entre federación y silva, sector monte verde, de profesión obrero, por los delitos de: ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMAS Y ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS