DESICIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Segundo de control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Se Acuerda la Revisión de la Medida Privativa de Libertad solicitada por la Defensa Privada de la encartada MABEL MARÍA FLORIAN SALAS, realizándose el cambio del sitio de reclusión a través del Arresto Domiciliario en la dirección aportada Calle Uruguay, Casa Nº 34, Sector Andrés Eloy Blanco, Punto Fijo Estado Falcón, ya que ciertamente las condiciones del recinto de reclusión no son las más optima para el desarrollo de la gestación y en aras de Salvaguardar los Derechos Constitucionales que asisten a la Ciudadana Imputada en su condición de Maternidad, tal como se encuentra consagrado en los artículos 76 en concordancia con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Constitución Nacional. Y así se decid.....