Seguidamente, el Tribunal Ejecutor notificó de su misión al ciudadano Juan Elías Arrieche Roldán, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.437.086, quien se encuentra debidamente asistido por el abogado en ejercicio Jesús Celestino González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.548, en su condición de Presidente de la empresa demandada denominada Todo Partes 09, C.A., y expone: A los fines de dar por terminada la acción intentada por la Sociedad Mercantil Briguti, C.A., ofrezco en cancelar la cantidad de Dieciséis mil bolívares fuertes (Bs.16.000,00), en este acto de la siguiente manera: La cantidad de siete mil bolívares fuertes (Bs. 7.000,00), en dinero efectivo de libre circulación nacional y el saldo restante, es decir, la cantidad de Nueve mil bolívares fuertes (Bs. 9.000,00), mediante cheque N° 41081181, girado en contra de la cuenta corriente N° 01050761871761020609, de la entidad bancaria Banco Mercantil Banco Universal, Centro Sambil-Paragu.....