En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, PRIMERO: DECLARA: Se corrige el error material de la sentencia dictada en fecha 05 DE MARZO DE 2012 y actualización de cómputo de Pena en la presente causa seguida al penado: EDUARDO LUIS COELLO CHIRINOS, cedula de identidad: 21.114.505, identificado en autos. SEGUNDO: se procede a corregir el error material y el cómputo de la pena, en la sentencia del 0-5-03 -2012 en los siguientes términos. El penado EDUARDO LUIS COELLO CHIRINOS, por la causa IP01-P-2008-618 fue privado de su libertad desde 29-3-2008 hasta la 31-3-2008, fecha ésta en la que se le concedió medida cautelar sustitutiva de libertad, siendo aprehendido en fecha nuevamente en fecha 12-11-2008, en la causa N° IP01-P-2010-2706 por comisión de un nuevo delito, situación ésta en la que permaneció hasta el 13-11-2008, por cuanto.....