se Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de las establecidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinal 3°, consistente en la presentación cada quince días por ante la Fiscalia Segunda del Ministerio Público y por ante la defensoria pública segunda, a partir de la presente fecha, al ciudadano JULIO JOSÉ CUARO, identificado de autos, por la presunta comisión del delito de Desvalijamiento de Vehiculos Automotores. Cuarto: Librese la correspondiente boleta de libertad. Quedan notificadas las partes de la presente decisión, remítanse las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalia Segunda del Ministerio Público. Es todo. Cúmplase.-
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABOG. YELITZA SEGOVIA