Se ACREDITA la precalificación dada por la Representación del Ministerio Público por los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Ciudadana SE OMITE IDENTIDAD, en virtud del informe medico consignado, expedido dicho informe por el Ambulatorio rural de Caujarao, el cual arrojó como resultado "Traumatismo directo en cara, evidenciándose lesiones a nivel del labio superior"; aunado a la declaración rendida en esta sala de audiencias por la Ciudadana SE OMITE IDENTIDAD, víctima en la presente causa, quien manifestó que no es la primera vez que el ciudadano imputado la ha amenazado de muerte, y de igual manera expuso que fue agredida físicamente por el ciudadano LUIS ENRIQUE EREU SANCHEZ, coincidiendo esta declaración con la aportada al momento de interponer la denuncia por ante el Cuerpo de Policía del Estado Falcón.
TERCERO: Por cuanto es.....