Por todas las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Penal adolescente del Tribunal Penal del Circuito Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se decreta la Prescripción de la Sanción de SEIS (06) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA previstas en el artículo 624 Y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el delito de ROBO CON USO DE VIOLENCIA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y VIOLENCIA FÍSICA , previsto y sancionado en los artículos 456 del Código Penal y 42 de la Ley Orgánica del Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, todo de conformidad a lo previsto en el artículo 616 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente a favor de la ciudadana ARTURO MANUEL SEGOVIA LUGO,, titular de la cédula de identidad Nro V.-27.503.786